Covid-19 lo que deben saber Pymes y Autónomos

Aunque a día de hoy lo más importante pasa por frenar la crisis sanitaria que está sufriendo nuestro país, no hay que dejar de lado el horizonte económico que se avecina. Actualmente se han destruido en torno a los 800.000 empleos y los datos futuros no son nada alentadores, es momento de repasar las ayudas que pymes y autónomos pueden solicitar para aliviar la presión económica y poderse mantener a flote en un momento crítico para pequeños empresarios y autónomos, principales generadores del empleo en nuestro país.

Las medidas tomadas hasta el momento no son suficientes y están sometidas a debate porque muchos opinan que no son ninguna solución, y que son un mero parche que en el futuro más próximo no serán suficientes, por ese motivo cada día se reclaman nuevas alternativas que una vez volvamos a la normalidad, ayuden a recuperar el sistema económico lo antes posible, permitan a los más castigados pymes y autónomos poder seguir trabajando e impedir que esa falta de actividad dispare la tasa de desempleo.

De momento, veamos qué tipo de ayudas se han aprobado ya, y con las que tenemos que contar, para que nuestra actividad comercial o empresarial se reactive después de este parón forzoso.

Para pymes y autónomos

Cese de actividad

Aquellos autónomos que vean reducidos sus ingresos un 75% por la crisis del coronavirus, pueden acceder al conocido como “paro de los autónomos”. La cuantía que recibirán se calcula tomando como base la media mensual de cotización de los últimos seis meses. Dado que el 80% de los autónomos cotizan por la mínima, la cantidad media que recibirán los autónomos será de unos 660 euros al mes. Para poder optar al cese de actividad es necesario que el trabajador esté al día en los pagos a la Seguridad Social y haber estado dado de alta en el Régimen Especial de Trabajadores Autónomos (RETA) en el momento en el que se decretó el estado de alarma el pasado 14 de marzo.

Es muy importante el estar al corriente de pago de las cuotas con la Seguridad Social, para acogerse al cese de actividad y poder cobrar la prestación.

Aplazamientos aprobados

Los autónomos podrán aplazar las deudas que se tuvieran anteriormente con la Seguridad Social. Aquellos ingresos que lo trabajadores por cuenta propia tuvieran que realizar entre abril y junio del presente ejercicio podrán aplazarse, aplicando un 0.5% de intereses. También se ha aprobado una moratoria de seis meses para el pago de las obligaciones con la Seguridad Social de mayo, junio y julio tanto de autónomos como de empresarios. Éstas, además, no tendrán recargos ni intereses. Hay que tener claro que se trata de un aplazamiento y que se deberá de abonar en los próximos meses, no hay exención en el pago.

Planes de pensiones

Todos los autónomos o empresarios que se hayan visto obligados, a cerrar sus negocios pueden acceder al rescate de sus planes de pensiones, antes de optar por esta medida es conveniente informarse de las condiciones del rescate con la entidad financiera, el tratamiento fiscal en nuestra renta.

Hipotecas

Se suspenden los pagos de las hipotecas durante tres meses para aquellos autónomos afectados por la crisis del coronavirus. Para ello, deberán presentar una declaración responsable que acredite la vulnerabilidad y podrán suspender sus cuotas durante tres meses.

Bono social eléctrico

Está destinado a aquellos autónomos que hayan tenido que cesar su actividad o que hayan reducido sus ingresos, como mínimo, en un 75%. Podrán suspender las facturas de los suministros de gas y electricidad durante seis meses.

Autónomos contagiados por coronavirus

Los trabajadores por cuenta propia que caigan enfermos por Covid-19,  será considerado como accidente laboral. Es decir, podrán cobrar una prestación por baja laboral. La cuantía para los autónomos que cotizan por la base mínima es de 23,61 euros por cada día que se esté de baja.

La principal diferencia en caso de que se considerara enfermedad común es que el autónomo en estos casos recibe la prestación a partir del cuarto día y la cuantía es el 60% de la base reguladora.

Financiación

El gobierno ha anunciado una serie de avales que cubrirá el 80% de los riesgos que se asocien a los préstamos que las entidades bancarias concedan a los autónomos y pequeñas y medianas empresas.

En concreto, se van a destinar 10.000 millones de euros a esta medida. Los autónomos y empresarios necesitados, deben ir a los bancos a solicitar esta financiación.

Bonificaciones en contratos anteriores

Especialmente en sectores como la hostelería o el comercio han realizado contratos fijos discontinuos con anterioridad a la crisis del coronavirus. Estos contratos venían acompañados de ciertas bonificaciones. La Seguridad Social ha anunciado que mantiene estas ayudas para todos los contratos firmados hasta junio.

Por su parte, Hacienda va a aplazar el reembolso de los préstamos que las comunidades autónomos o las locales hayan hecho a autónomos y pymes afectados por el Covid-19. Si han cesado actividad o reducido sus ventas, podrán solicitar el aplazamiento de los pagos y sus intereses y poder abonarlo a lo largo del presente ejercicio.

Aunque éstas son las ayudas que están disponibles a día de hoy, tanto empresarios como autónomos seguirán solicitando nuevas ayudas a través de sus asociaciones o federaciones, así como a los entes locales, quienes podrán usar parte de sus presupuestos en ayudas sociales que en muchos casos repercutirán en estos colectivos.

Esta información ha sido elaborada con contenido del diario “Cinco Días”

Más de 70 organizaciones madrileñas se suman al Manifiesto Institucional de CEIM para pedir medidas contundentes y reales que protejan empresas y empleo

Avales a empresas y autónomos por el Covid-19

Esta Línea de Avales está dirigida a garantizar los nuevos préstamos y las renovaciones, concedidos por entidades financieras a empresas y autónomos para atender las necesidades de financiación derivadas, entre otros, de pagos de salarios, facturas, necesidad de circulante u otras necesidades de liquidez, incluyendo las derivadas de vencimientos de obligaciones financieras o tributarias.

El 50% de este primer tramo activado de 20.000 millones de euros, se reservará para garantizar los préstamos de autónomos y pymes.

La Línea será gestionada por el Instituto de Crédito Oficial (ICO), en colaboración con las entidades financieras.

La garantía cubre, en el caso de autónomos y pymes, el 80% de los nuevos préstamos y renovaciones de financiación.

Para el resto de las empresas se garantiza el 70% de la nueva financiación concedida y el 60% de las operaciones de renovación.

Esquema-de-medidas

¿Quién puede solicitar la ayuda por los efectos del Covid-19?

Podrán solicitar estos avales las empresas y autónomos afectados por los efectos económicos del COVID-19, siempre que los solicitantes no estuvieran en situación de morosidad a 31 de diciembre de 2019 y en procedimiento concursal a 17 de marzo de 2020.

Los avales tendrán carácter retroactivo y podrán solicitarse para las operaciones formalizadas con posterioridad a la entrada en vigor del Real Decreto-ley 8/2020, que se produjo el pasado día 18 de marzo.

El aval emitido tendrá una vigencia igual al plazo del préstamo concedido, con un plazo máximo de cinco años. El coste del aval, de entre 20 y 120 puntos básicos, será asumido por las entidades financieras.

Las empresas y autónomos interesados podrán solicitar la garantía para sus operaciones hasta el 30 de septiembre de 2020.

Para ello, deberán dirigirse a las entidades financieras con las que el ICO haya suscrito los correspondientes acuerdos de colaboración.

Las entidades financieras se comprometen a mantener los costes de los nuevos préstamos y de las renovaciones que se beneficien de estos avales en línea con los costes aplicados antes del inicio de la crisis del COVID-19.

También asumen el compromiso de mantener, al menos hasta el 30 de septiembre de 2020, los límites de las líneas de circulante concedidas a todos los clientes y, en particular, a aquellos clientes cuyos préstamos resulten avalados.

Acompaño resolución de la Secretaría de Estado de Economía y Apoyo a la Empresa, por la que se aprueban las características del primer tramo de la línea de avales del ICO.

El plazo de solicitud permanecerá abierto hasta el próximo 30 de septiembre de 2020.

Para ampliar esta información, se puede consultar la página web del ICO (www.ico.es) o contactar a través del siguiente número de teléfono 900 121 121, puedes recibir toda la información a través de tu entidad financiera habitual.

Instrucciones provisionales para solicitar el aplazacimento previsto en el Real Decreto Ley COVID-19

Compatibilizar el cese de actividad con otra prestación

En las últimas noticias el Gobierno ha dado un paso atrás, y tras una revisión de su decisión anterior de la normativa del cese de actividad de los autónomos, permitirá que ésta sea compatible con otras prestaciones de la Seguridad Social que fuesen compatibles con su actividad habitual.

Ha hecho una nueva redacción a la norma que recoge el cese de actividad para los autónomos después de casi un mes de declarar el Estado de Alarma, con ello pretender responder a las demandas que el sector de los trabajadores autónomos que llevan reclamando desde el principio de esta situación provocada por la situación del Covid-19.

El principal cambio es que el Gobierno hace compatible la prestación del cese de actividad, conocido popularmente como el paro de los autónomos, con cualquier otra prestación de la Seguridad Social que fuese compatible con el empleo. De esta forma, se da solución a una de las principales quejas de los autónomos que ya estaban cobrando algún tipo de prestación, como pueden ser las de viudedad y orfandad.

El Gobierno ha reescrito el artículo de que se establece este cese de actividad forzoso como consecuencia del estado de alarma y las medidas de confinamiento. Lo ha hecho a través del Real Decreto-ley 13/2020, publicado hoy mismo, cuyo principal contenido es la habilitación a parados e inmigrantes para trabajar de jornaleros en el campo. Esta nueva redacción del cese de actividad contempla que “esta prestación será compatible con cualquier otra prestación de Seguridad Social que el beneficiario viniera percibiendo y fuera compatible con el desempeño de la actividad que desarrollaba”.

Hasta ahora, los autónomos que habían solicitado el cese de actividad como consecuencia del cierre de sus negocios, se quedaban sin cobrar esta ayuda porque ya tenían otra prestación. Y eso a pesar de que esta fuese contributiva y de una cuantía muy reducida. Ahora, con esta nueva redacción del cese de actividad, el Gobierno hace una distinción clara entre las prestaciones propias de la actividad y las ajenas. El cese de actividad es una prestación relacionada con el trabajo, o más bien, con la imposibilidad de hacer el trabajo, sin embargo, una pensión de viudedad, o de orfandad, nada tiene que ver con el trabajo, de hecho, se cobran independientemente de la situación laboral. De ahí que los autónomos reclamaran que se diera un trato diferenciado a los dos tipos de prestaciones.

Desde ATA (Asociación de Trabajadores Autónomos de Madrid) aplauden la rectificación del Gobierno. Una medida justa y que no era muy lógica teniendo en cuenta que el estado de alarma será algo transitorio.

El Gobierno también ha clarificado en la norma que los autónomos acogidos al cese de actividad no tendrán que pagar la cuota del RETA a la Seguridad Social, ya que “el tiempo de su percepción se entenderá como cotizado, no existirá obligación de cotizar”. Una aclaración que el Ministerio de Seguridad Social había trasladado, pero que no estaba recogido en el BOE. También aclara que esta prestación “no reducirá los períodos de prestación por cese de actividad a los que el beneficiario pueda tener derecho en el futuro”, esto es, lo que se conoce como ‘contador a cero’.

El RDL también recoge que todas las solicitudes de cese de actividad serán revisadas en el futuro para asegurar que ningún autónomo ha accedido a la prestación de forma irregular. “Finalizado el estado de alarma se procederá a revisar todas las resoluciones provisionales adoptadas”, se ha redactado en el BOE, “en el supuesto de que se desprenda que el interesado no tiene derecho a la prestación, se iniciarán los trámites de reclamación de las cantidades indebidamente percibidas”.

En el caso de los autónomos obligados a cerrar su negocio, la justificación del cese de actividad es evidente e inmediata. El problema lo pueden tener aquellos autónomos que, no estando obligados a cerrar sus negocios, se hayan acogido al cese por haber sufrido una caída de su facturación superior al 75%. Estos autónomos tendrán que demostrar que han sufrido tal caída y que así figura en sus libros de contabilidad, en el caso de no estar obligados a llevar unos libros, estarán obligados a “acreditar” dicha caída en la actividad “por cualquier medio de prueba admitido en derecho”.

Nuestros amigos de la Asociación de Comerciantes, Empresarios y Autónomos de Colmenar Viejo ASEYACOVI, publican hoy 13 de abril de 2020 en su blog, nuevas medidas que el Gobierno de la Comunidad de Madrid pone en marcha, para paliar los efectos del COVID-19 dirigidas a pymes y autónomos de la Comunidad de Madrid y que a continuación  detallamos.

Todos los autónomos madrileños que estén afectados por la crisis del coronavirus podrán solicitar las ayudas de la Comunidad de Madrid para sufragar las cuotas de marzo y abril a partir de esta semana.

Así lo comunicaba el consejero de Economía, Empleo y Competitividad de la Comunidad de Madrid, Manuel Giménez. Los solicitantes tendrán que rellenar un formulario a través de la página web de la Comunidad de Madrid junto a la documentación requerida.

Las solicitudes de las ayudas podrán hacerse a finales de la semana que viene. Giménez confía en que será el suficiente para que todo el que las necesite pueda acogerse a ellas y que el dinero esté en la cuenta de los autónomos lo antes posible.

Una dotación de 38,2 millones de euros

Este plan de la administración regional está dotado con 38,2 millones de euros, que se destinarán a más de 71.000 beneficiarios, que recibirán ayudas por un importe medio de 534 euros.

¿Me puedo acoger a estas ayudas?

Estos fondos están orientados a la ayuda de autónomos individuales y autónomos con empleados a su cargo, incluidos socios de cooperativas, de sociedades laborales y de sociedades mercantiles que estén dados de alta en el Régimen Especial de la Seguridad Social de Trabajadores por Cuenta Propia o Autónomos (RETA) o mutualidad.

Además de esta ayuda los autónomos y las pymes también podrán acceder a una línea de créditos preconcedidos por el importe de todos sus gastos fijos durante el ejercicio de 2019 con un límite de 50.000 euros, que se canalizará a través de las diferentes Sociedades de Garantía Recíproca (SGR) que operan en la Comunidad de Madrid.

Se amplía el Plan Impulsa

Además de estas medidas, también ha sido necesario ampliar las ayudas para autónomos de 3.200 euros, incluidas en el Plan Impulsa, para autónomos sin empleados a su cargo y cuyos negocios se hayan visto afectados por las medidas adoptadas frente al COVID19. Así se facilita que puedan mantener su actividad y no se vean abocados al cierre. Para ello, la Comunidad de Madrid va a destinar 10 millones de euros más a esta iniciativa, que se suman a los 5 millones previamente aprobados.

Estamos ante una ayuda directa de hasta 3.200 euros, que llegará de manera inmediata y en un pago único. Esta cantidad, que se concederá por orden de solicitud, corresponde al pago de 12 mensualidades de la base mínima de cotización a la Seguridad Social, y el autónomo podrá emplearla en lo que considere necesario y urgente para mantener la actividad de su negocio.

Esta ayuda se podrá solicitar de manera telemática a través de la página web de la Comunidad de Madrid.

Financiación para pymes y autónomos

A esto hay que sumar los 20 millones de euros que la Comunidad de Madrid destinará a la financiación a pymes y autónomos, a través de Avalmadrid, con el objetivo de que puedan mantener su actividad y hacer frente a posibles problemas de liquidez derivados de la crisis del coronavirus. La previsión es facilitar financiación por 150 millones de euros a cerca de 8.000 personas.

Así, se va a habilitar 12 millones de euros a Avalmadrid para la creación de un fondo específico para el COVID-19 con los que poder hacer frente al riesgo de la concesión de avales. De esta forma, Avalmadrid actuará como avalista para aquellos nuevos autónomos y pymes que necesiten acceder a financiación crediticia.

De manera complementaria, se va a poner en marcha una línea de ayudas por valor de 8 millones de euros para que los autónomos interesados en acceder a financiación a través de Avalmadrid tengan bonificados los gastos de las operaciones financieras.

Fuente: ASEYACOVI

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